Qué es y para qué sirve
El informe de coordenadas georreferenciadas recoge las coordenadas (los vértices en UTM ETRS89) y los datos de una parcela o de una edificación sobre la cartografía oficial. Lo solicitan habitualmente notarías y registros de la propiedad para incorporar la representación gráfica georreferenciada del inmueble a las escrituras, dentro de la coordinación entre el Catastro y el Registro que estableció la Ley 13/2015. Aporta seguridad jurídica a la descripción de la finca: define su geometría exacta, no solo su superficie literal.
Visado o CSV
Para dar validez al informe, suele exigirse que vaya visado por el colegio profesional correspondiente o que lleve un CSV (Código Seguro de Verificación) que permita comprobar su autenticidad. Si necesitas añadir un CSV, puedes firmar el documento con un servicio de firma con Código Seguro de Verificación como DocuVeri.es.
Personalizable con los datos del técnico
El informe se puede personalizar con los datos del técnico que lo firma: logo, nombre, DNI/NIF y número de colegiado. Así queda listo para presentarlo como documentación técnica ante notaría, registro o el propio Catastro.
Para parcela o para edificación
El informe puede ser de parcela o de edificación. El de parcela acompaña al Informe de Validación Gráfica (IVG); el de edificación, al ICUC (Informe Catastral de Ubicación de las Construcciones). En ambos casos documenta las coordenadas georreferenciadas de la geometría que presentas.
Documentación oficial
- Ley 13/2015, de 24 de junio — coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad y representación gráfica georreferenciada.
- Ley Hipotecaria (texto consolidado) — artículo 9, representación gráfica georreferenciada de la finca.
- Resolución conjunta DGRN–DGC de 29 de octubre de 2015 — requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro y los Registros.
- Sede Electrónica del Catastro — Validación Gráfica (IVG) e ICUC.

